Page 6 - Estatutos_CACH
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correspondencia y archivo del Colegio; J) Los demás que le asignen los presentes
Estatutos, así como las comisiones que la presidencia crea conveniente.

VII. 4.- Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Finanzas: A) Promover y
coordinar la obtención de recursos y su adecuada aplicación en los programas
acordados por la Asamblea; B) Presentar mensualmente en las Asambleas el estado
financiero y estado de resultados del mes ejercido; C) Presentar en el mes de julio de
cada año, el esta financiero y estado de resultados del año en ejercicio; D) Presentar
anualmente en el mes de junio a la Asamblea un programa de ingresos – egresos para
el año proximo; E) Promover la creación de patronatos del Colegio que procure en
forma permanente el incremento del patrimonio del Colegio y beneficien los
programas de superación profesional y acción urbana especialmente; F) Los patronatos
serán integrados con personalidades relacionadas con la arquitectura, autoridades
Gubernamentales, Banca, Cámaras, Escuelas, Empresas de la Construcción y
Arquitectos reconocidos por su labor y honestidad Profesional; G) Contratar servicio o
servicios bancarios necesarios para el manejo de los fondos del Colegio, tales como
cuentas de cheques, inversiones, depósitos en valores, fondos de inversión, etcétera,
siempre y cuando en dichos instrumentos aparezca si firma mancomunada con la del
Presidente del Consejo Directivo.

VII. 5.- Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Superación Profesional: A) La
realización de seminarios permanentes con intercambio de experiencias a nivel
Colegio, región y Federación; B) Obtener las normas actualizadas en Arquitectura,
conforme a las experiencias profesionales de los Arquitectos; C) Los seminarios se
especializarán en ocho campos: 1.- Acondicionamiento urbano y rural, 2.- Vivienda, 3.-
Salud Pública, 4.- Lugares de trabajo, 5.- Espacios educativos, 6.- Deportes y recreación,
7.- Construcción e industrialización, 8.- Formación del Arquitecto. Y cada uno será
coordinado por un secretario de su especialidad; D) Establecer cursos de actualización
Profesional; E) Difundir los resultados de los seminarios y cursos a través de la
Secretaria de Comunicación; F) Analizar y conocer las demandas de la población y
compararlas con las ofertas de servicios profesionales del Arquitecto; G) Promover los
trabajos desarrollados ante los centros de enseñanza e investigación de la Arquitectura;
H) Crear y mantener activa la comisión para la formación del Arquitecto; I) Otorgar en
coordinación con el Presidente, premio anuales a los Arquitectos y estudiantes que
hayan destacado en su labor.

VII. 6.- Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Acción Urbana: A) La creación
y reglamentación de los consejos consultivos de desarrollo urbano a nivel Municipal,
Estatal y Nacional; B) Promover a través de los consejos consultivos la participación del
Colegio en: 1.- Estudio, diagnóstico y recomendaciones sobre desarrollo urbano y
protección del medio ambiente, 2.- Actualización de reglamentos de construcción y
fraccionamientos, 3.- Creación de grupos de trabajo para la atención de la población de
escasos recursos, 4.- Promover y proponer Arquitectos para el desempeño de puestos
públicos, 5.- Participación de los Colegios ante las autoridades de revisión y desarrollo
de proyectos urbanos y edificios públicos, 6.- Promover en los reglamentos de
construcción, normas de respeto hacia el paisaje urbano, 7.- Defender, proteger y
difundir el patrimonio arquitectónico y cultural de la ciudad, 8.- Crear proyectos para
la realización de seminarios de acción urbana, 9.- Ampliar el campo profesional del
Arquitecto, dentro del desarrollo urbano y el medio ambiente.
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